En 1996 la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprueba la Ley 7.600: Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, y en 1999, aprueba mediante la Ley 7948, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las personas con discapacidad, reafirmando:
“(…) que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas; y que estos derechos, incluido el de no verse sometidos a discriminación fundamentada en la discapacidad, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano (…)” (p. 2)
Posteriormente, en el año 2001 se emite la Directriz Presidencial Nº 27, la cual reconoce la Lengua de Señas Costarricense (LESCO) “(…) como una forma de comunicación oficial de la población sorda del país” (p.2) y establece que el Ministerio de Educación Pública deberá, entre otras responsabilidades: “Garantizar el acceso de la población con discapacidad a los diversos niveles educativos de acuerdo con sus necesidades, posibilidades y en ambientes menos restringidos”. (p.3).
Consecutivamente en el año 2008, se aprueba la Ley 8661, que ratifica la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, cuyo propósito “(…) es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”. (p.2).
Por tanto, para dar pleno cumplimiento a las responsabilidades asumidas, se plantea un proyecto de investigación que pretende realizar "(...) una primera descripción general de la Lengua de Señas Costarricense (LESCO), a partir, mayormente, de datos extraídos de discurso real. Esta lengua solo ha sido objeto, hasta ahora, de algunas descripciones parciales. Tal descripción general se requiere para apoyar programas nacionales de enseñanza formal de la LESCO como segunda y primera lengua, así como llevar a cabo políticas de planificación lingüística que favorezcan esta lengua (…)”. (Oviedo, A. 2008, p.9).
Elaborado por: Melania Aragón Durán 2005-2010
Departamento Investigación, Cenarec 2005-2010
Para dar una guía al lector se presenta a continuación, el marco legal de carácter nacional que fundamentan el seguimiento que se ha dado al proyecto de la Lesco, así como la información relevante desde el año 2008 hasta el actual; donde se evidencia el actuar del país en cuanto a materia de discapacidad y derechos humanos. Reconociendo a las poblaciones vulnerables como agentes de cambio y de oportunidades.
En el año 2010 se publicó la Ley de inclusión y protección laboral de las personas con discapacidad en el sector público (Ley 8862, artículo único), la cual concede un cinco por ciento en las ofertas laborales al sector público, para que sean cubiertas por personas con discapacidad, siempre que exista oferta de empleo y se superen las pruebas selectivas y de idoneidad. (Asamblea Legislativa, 2010)
Por otra parte, se presenta la Política Nacional en Discapacidad (PONADIS) en donde se establece que las personas con discapacidad tengan a su disposición un sistema educativo inclusivo de cobertura nacional, caracterizado por la calidad, la equidad, la participación ciudadana, de sus familias, así como de organizaciones y con acceso universal. (Ponadis, 2011-2021)
Otro de los aportes importantes, es que en el año 2014 se dio una reforma a la Ley 7600, donde se indican como medidas adoptadas, tanto por las instituciones públicas como privadas, el asegurar que las personas en situación de discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones dispuestos en el artículo 1,2 y 3. (Asamblea Legislativa, 2014)
Posterior a esto en el año 2015, Las Naciones Unidas aprueban la Agenda 2030, en la cual se establece en el objetivo 4 “Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”. (Naciones Unidas, 2015)
La Ley 9379, artículo 26 que establece la “Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad”, con lo que se busca establecer las disposiciones que debe cumplir el sector privado y público con el fin de promover y asegurar a toda esta población el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones del derecho a la autonomía personal. (Asamblea Legislativa, 2016)
Dos años después, en el año 2018 se aprueba el Decreto Ejecutivo N°40955 del Ministerio de Educación Pública, denominado “Establecimiento de la inclusión y la accesibilidad en el sistema educativo costarricense, busca implementar, en todos los niveles y modalidades, un sistema educativo inclusivo, equitativo y de calidad que garantice el acceso a los servicios de apoyo que requieran las personas con discapacidad”, con esto queda en firme el establecimiento de la inclusión y la accesibilidad en el sistema educativo costarricense. (Asamblea Legislativa, 2018).
Finalmente, en el presente año se aprueba la Ley 9822, la cual establece el “Reconocimiento y Promoción de la Lengua de Señas costarricense, como patrimonio cultural y lingüístico de la comunidad de personas sordas”. (Asamblea Legislativa, 2020).
Por tanto, la información presentada anteriormente, muestra un avance importante en lo que respecta al reconocimiento de los derechos de las personas en situación de discapacidad. Derechos que se deben de ver visualizados en proyectos, programas, planes y demás; que indiquen la puesta en práctica de dichas leyes y decretos.
Jorge Arturo Montero Segura, María Calderón Jiménez
Departamento Investigación, Cenarec 2020
Referencias
Asamblea Legislativa de Costa Rica (2010) Ley 8862. Inclusión y Protección laboral de las personas con discapacidad en el Sector Público. Tomado de
http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/handle/123456789/3094;jsessionid=80D90107B50630EAB8E12F092BDB33D7
Asamblea Legislativa de Costa Rica (2014) Reforma Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad N° 9207. Tomado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=76840&nValor3=96046&strTipM=TC#ddown
Asamblea Legislativa de Costa Rica (2016). Ley 9379 Ley para la Promoción de la Autonomía Personal. Tomado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=82244&nValor3=105179&strTipM=TC#ddown
Asamblea Legislativa de Costa Rica (2018). Decreto Ejecutivo 40955-MEP Establecimiento de la Inclusión y la Accesibilidad en el Sistema Educativo Costarricense. Tomado de http://www.ddc.mep.go.cr/sites/all/files/ddc_mep_go_cr/archivos/decreto_inclusion_y_accesibilidad.pdf
Asamblea Legislativa de Costa Rica (2020). Ley 9822. Reconocimiento y Promoción de la Lengua de Señas costarricense. Tomado de
https://www.drea.co.cr/sites/default/files/Contenido/Decreto%2040955-MEP-Inclusio%CC%81n-y-Accesibilidad.pdf
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (2012). Política Nacional en Discapacidad (PONADIS) 2011-2021. Tomado de http://www.documentos.una.ac.cr/bitstream/handle/unadocs/4318/resumen_ponadis.pdf
Naciones Unidas (2015). La Agenda para el Desarrollo Sostenible. Tomado de Objetivos de Desarrollo Sostenible https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/development-agenda/